A partir del hoy, día 29 de julio, los fabricantes, desarrolladores y proveedores de programas de facturación (ERP y POS) se encuentran obligados a incorporar el nuevo sistema VERIFACTU.
Con ello, se permite generar un registro de facturas con los estándares de control y trazabilidad exigidos por la nueva legislación, tales como: firmar electrónicamente registros; generar y enviar los registros a la AEAT en tiempo real; generar un código QR en las facturas, entre otros.
Así, los contribuyentes tendrán desde ahora la posibilidad de facturar electrónicamente, siendo obligatorio ofrecer tal servicio por parte de los proveedores de los sistemas de software. No obstante, la obligación de facturar electrónicamente por parte de empresas y autónomos (que no estuvieran ya obligados a hacerlo), no será efectiva hasta 2026.
Con esta nueva regulación e incorporación del VERIFACTU se pretende regular el sistema de facturación, motivo por el cual, aquellas empresas que posean un software de facturación no certificado, pudiéndose enfrentar a sanciones de 50.000€ por cada ejercicio fiscal.
Si bien la normativa no lo exige, desde ILER IURIS recomendamos elegir un partner que sea Colaborador Social de la AEAT, ya que no solo agiliza el proceso de integración, sino que garantiza que los datos se transmiten de manera precisa y segura a la Agencia Tributaria.
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