El Tribunal Constitucional ha dado respuesta al recurso elevado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla y, a la espera de que se publique su sentencia, anuncia en una nota que se ha declarado inconstitucional el método de cálculo de la base imponible del Impuesto conocido como Plusvalía Municipal. Se trata de la tercera sentencia que dicta el Tribunal Constitucional sobre este tributo desde el pasado año 2017 y, en concreto, sobre su inaplicabilidad cuando no exista realmente un incremento de valor en la transmisión de los inmuebles urbanos.
En concreto, la nota que ha difundido el Alto Tribunal señala que, la norma del Impuesto Municipal de Plusvalía, “establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre ha existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo impositivo, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento”.
El Tribunal Constitucional declara nulo el método que se utiliza para calcular la base imponible del tributo (la cuantía sobre la que se aplica), lo que en principio hace inviable que pueda cobrarse tal y como está formulado en la actualidad, al tomarse como base el valor catastral del inmueble y no el valor real del mismo en el momento de la transmisión.
Por otra parte, el TC aclara que la declaración de inconstitucionalidad no tendrá efectos retroactivos y, en concreto, anuncia la “intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia”.
Este hecho, puede suponer un fuerte impacto para los Ayuntamientos, pues el repetido impuesto constituye la segunda fuente de financiación de dichos entes municipales. No obstante, el Ministerio de Economía y Hacienda anunció ayer que “revisará el impuesto para garantizar su constitucionalidad y la financiación de los Ayuntamientos” y, ante la urgencia del asunto, ultima un borrador legal para garantizar la constitucionalidad del tributo, ofrecer seguridad jurídica a los contribuyentes y certidumbre a los Ayuntamientos.
Por: Neus Barbero Batalla
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