Ileriuris
  • EL DESPACHO
    • Nuestro espacio
    • Equipo
  • SERVICIOS
    • Asesoría Laboral
    • Asesoría Jurídica
    • Asesoría Fiscal – Contable
  • ACTUALIDAD
  • CONTACTO
  • ES
    • CAT

ANTEPROYECTO LECRIM

  • Home
  • Jurídico
  • ANTEPROYECTO LECRIM
DE LA IMPOSICIÓN AL PACTO
25 de noviembre de 2020
¡FELIZ NAVIDAD!
21 de diciembre de 2020
Published by Iler Iuris on 3 de diciembre de 2020
Categories
  • Jurídico
  • Penal
Tags

Aprobación del anteproyecto de reforma de la LECRim

El pasado martes, 24 de noviembre, el Consejo de Ministros aprobó el nuevo Anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que sigue la misma línea que los anteproyectos de los años 2011 y 2013, los cuales, aunque finalmente no llegaron a ser aprobados, ya proponían un cambio significativo en el proceso penal existente en la actualidad.

Este anteproyecto supone una transformación integral del proceso penal con el fin de convertirlo en un proceso más constitucional y alineado con el Estado de Derecho.  Entre muchas otras medidas, propone un salto cualitativo en la investigación contra el crimen, incorporando nuevas herramientas para la lucha contra la criminalidad; refuerza las garantías existentes en el proceso penal, especialmente en lo que a la víctima se refiere; y propone nuevos mecanismos de protección para menores y personas con discapacidad.

A continuación, se detallan los principales cambios propuestos en este anteproyecto:

  • Se propone que la fase de instrucción recaiga sobre el Ministerio Fiscal, es decir, se asigna a los fiscales la instrucción y la investigación de los procedimientos penales, sin que estén sometidos a la tutela de los jueces. Esta medida va de la mano de una reforma en el procedimiento de elección del Fiscal General del Estado, así como una reforma en el Estatuto Orgánico de los Fiscales.
  • Se propone una modificación en el rol de los jueces. En este sentido, los Jueces de Instrucción pasarán a ser los “Jueces de Garantías”, cuyo principal cometido será el de tutelar los derechos de los investigados. Por otra parte, en la fase intermedia del procedimiento (“juicio de acusación”) intervendrán los “Jueces de la Audiencia Preliminar”, que se encargarán de decidir sobre la apertura del juicio oral y sobre la validez de las pruebas.  Posteriormente, el “Juez o Tribunal de Enjuiciamiento” será el encargado de juzgar y dictar sentencia y, finalmente, el “Juez de Ejecución” será el encargado de llevar a cabo la ejecución de la sentencia.
  • Se propone modificar las funciones de la Policía judicial, la cual operará bajo la dirección del Ministerio Fiscal mediante órdenes particulares antes de que se inicie formalmente el procedimiento de investigación.
  • Se introduce el término de “encausado”, entendido como aquella persona sometida a un procedimiento penal en cualquiera de sus fases. Además, se crea un estatuto para esta figura, el cual recoge el derecho a conocer los cargos y la acusación, a acceder a las actuaciones y a participar activamente en el proceso. Este estatuto permitirá que las personas que hayan sido encausadas en un procedimiento penal puedan declarar en otro distinto sobre los mismos hechos. Asimismo, se establece la imposibilidad de la doble condición procesal, es decir, que la persona investigada o acusada en un procedimiento no pueda intervenir activamente en el mismo como parte acusadora. Finalmente, se introduce un capítulo separado dedicado al estatuto de la persona jurídica encausada.
  • Se crea un nuevo estatuto de la víctima, mediante el cual la persona ofendida o perjudicada podrá intervenir como acusación particular en el procedimiento de investigación y en el conjunto de actuaciones posteriores.
  • Se elimina la posibilidad de ejercer como acusación popular a las personas jurídicas públicas, los partidos políticos y los sindicatos. Por otra parte, se establece que la legitimidad de la acción popular deberá ser acreditada presentando una querella ante el Juez de Garantías.
  • Se prevé la posibilidad de prescindir del ejercicio de la acción civil en aquellos casos que se consideren de especial complejidad. La petición de dicha circunstancia corresponderá al Ministerio Fiscal, quedando en manos del Juez de Garantías tomar finalmente la decisión.
  • Se plantean varias modificaciones en relación con las denuncias, tales como (i) la eliminación de la exención del deber de denunciar en caso de vínculo familiar o afectivo en los delitos contra bienes personales de personas menores de edad, (ii) la posibilidad de formular denuncia telemática y (iii) la posibilidad de presentar una denuncia por el responsable del canal de denuncias.
  • Se prevé la creación de nuevas medidas cautelares, tales como la privación cautelar de libertad, consistente en una forma de detención preventiva más leve, cuya duración máxima es de 24 horas (frente a las 72 horas actuales).  
  • Nueva división del procedimiento penal, ya que se prevé que se divida en tres grandes fases: (i) la investigación, que estará dirigida por el Ministerio Fiscal; (ii) el juicio de acusación, que estará dirigida por el juez de audiencia preliminar; y (iii) el juicio oral.
  • La ejecución de la sentencia se configura como un trámite separado, independiente al proceso principal.
  • Se mantienen los procedimientos urgentes, pero se añade como novedad una distinción entre los enjuiciamientos rápidos y los inmediatos (para delitos caracterizados por su baja penalidad). En los primeros, el plazo para señalar juicio será de 15 días, mientras que en los segundos será de máximo 72 horas.
  • Se crea un procedimiento específico para solicitar la indemnización derivada de la privación de libertad seguida de absolución.
  • Modificación de la figura del suplicatorio, limitando las circunstancias en las que debe solicitarse para evitar así privilegios de diputados y senadores frente al resto de ciudadanos.
  • Se actualizan y modernizan las diferentes metodologías y herramientas para la investigación contra la criminalidad. Entre ellas, se incluyen las pruebas científicas, el tratamiento automatizado de datos, las búsquedas inteligentes, las investigaciones encubiertas en entornos digitales, así como la mejora de la regulación del ADN.
  • Finalmente, se incluyen nuevos mecanismos alternativos a la acción penal. En concreto, se incluyen dos nuevas modalidades de oportunidad: (i) el archivo por oportunidad, reservado para los delitos castigados con penas de prisión de hasta 2 años, y (ii) el archivo con condición, reservado para los delitos castigados con penas de prisión de hasta 5 años.

Como puede observarse, la reforma propuesta puede suponer un antes y un después en el proceso penal, debido al cambio radical y a la adaptación del proceso penal a la realidad actualmente existente que propone, así pues, habrá que seguir con atención la tramitación de este Anteproyecto y ver si finalmente sale adelante, informándoles en nuestro blog sobre cualquier novedad que se produzca en este sentido.

También puedes suscribirte a nuestra newsletter si quieres recibir todas las noticias de actualidad a tu correo electrónico.

Share
0

Related posts

3 de abril de 2025

NOVEDADES DE LA LO 1/2025, DE 2 DE ENERO, DE MEDIDAS EN MATERIA DE EFICIENCIA DEL SERVICIO PUBLICO DE JUSTICIA


Read more
3 de diciembre de 2024

LO 5/2024 del Derecho de Defensa


Read more
18 de marzo de 2024

DEVOLUCIÓN PLUSVALÍA CUANDO NO SE OBTUVO INCREMENTO DE VALOR DEL TERRENO


Read more

CONTACTO

  • 973 23 05 88
  • info@ileriuris.com
  • C/ Canyeret, 26 – 3º, 25007 Lleida
  • C/ Folch i Torres 1 – altillo 2º, 25430 Juneda
  • Trabaja con nosotros

LA FIRMA

  • Equipo
  • El Despacho
  • Asesoría Jurídica
  • Asesoria Fiscal-Contable
  • Asesoría Laboral

SÍGUENOS:

  • Facebook
  • LinkedIn

INFO

  • Aviso Legal
  • Política de Privacidad
  • Política de Cookies
© ILERIURIS S.L. - Todos los derechos reservados.
    ES
    • CA
    • ES
      Usted puede controlar el uso de las cookies
      Utilizamos cookies en nuestro sitio web para mejorar su experiencia, recordándole sus preferencias y visitas repetidas. Al hacer clic en "Aceptar", está conforme con el uso de TODAS las cookies. Más info
      Configurar cookiesRechazarAceptar
      Configurar

      Resumen de privacidad

      Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
      Necesarias
      Siempre activado

      Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Estas cookies garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web, de forma anónima.

      CookieDuraciónDescripción
      cookielawinfo-checkbox-necessary1 añoEsta cookie está configurada por el complemento de consentimiento de cookies de GDPR. Las cookies se utilizan para almacenar el consentimiento del usuario para las cookies en la categoría "Necesarias".

      Analíticas

      Las cookies analíticas se utilizan para entender como interactúan los visitantes con el sitio web. Estas galletas ayudan a proporcionar información sobre las métricas del número de visitantes, la tasa de rebote, la fuente de tráfico, etc.

      CookieDuraciónDescripción
      _ga2 añosEsta cookie es instalada por Google Analytics. La cookie se utiliza para calcular los datos de visitantes, sesiones y campañas y realizar un seguimiento del uso del sitio para el informe de análisis del sitio. Las cookies almacenan información de forma anónima y asignan un número generado aleatoriamente para identificar visitantes únicos.
      _gid1 díaEsta cookie es instalada por Google Analytics. La cookie se utiliza para almacenar información sobre cómo los visitantes usan un sitio web y ayuda a crear un informe analítico de cómo está funcionando el sitio web. Los datos recopilados, incluido el número de visitantes, la fuente de donde provienen y las páginas, se muestran de forma anónima.
      cookielawinfo-checkbox-analytics1 añoEstas cookies se establecen mediante el complemento de WordPress de consentimiento de cookies de GDPR. La cookie se utiliza para recordar el consentimiento del usuario para las cookies en la categoría "Análisis".

      Otras

      CookieDuraciónDescripción
      _GRECAPTCHA5 meses 27 díasSin descripción
      cookielawinfo-checkbox-performance1 añoEsta cookie está configurada por el complemento de consentimiento de cookies de GDPR. La cookie se utiliza para almacenar el consentimiento del usuario para las cookies en la categoría "Rendimiento".

      Rendimiento

      Las cookies de rendimiento se utilizan para comprender y analizar los índices de rendimiento clave del sitio web, lo que ayuda a brindar una mejor experiencia de usuario a los visitantes.

      CookieDuraciónDescripción
      _gat1 minutoGoogle Universal Analytics instala estas cookies para acelerar la tasa de solicitud y limitar la recopilación de datos en sitios de alto tráfico.

      GUARDAR Y ACEPTAR
      Funciona con